IMPUESTO SOBRE NÓMINAS EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA
AUMENTO DE TASA PARA LOS EJERCICIOS FISCALES 2026 Y 2027
El 16 de diciembre de 2025, el Congreso del Estado de Chihuahua aprobó diversas reformas fiscales que impactan directamente a personas físicas y morales con personal a su cargo. Dichas modificaciones abarcan el Código Fiscal del Estado, la Ley Estatal de Derechos, la Ley de Hacienda del Estado y la Ley de Coordinación Fiscal del Estado de Chihuahua y sus Municipios.
Entre los cambios más relevantes se encuentra el incremento temporal en la tasa del Impuesto Sobre Nóminas (ISN), el cual pasará del 3% al 4% durante los ejercicios fiscales 2026 y 2027, conforme a lo previsto en los artículos transitorios del decreto.
¿Qué grava el Impuesto Sobre Nóminas?
La Ley de Hacienda del Estado de Chihuahua establece que el ISN grava las erogaciones en efectivo o en especie realizadas por concepto de remuneración al trabajo personal subordinado, siempre que se generen en el Estado o sean percibidas por personas domiciliadas en él.
Esto implica que el impuesto no solo recae sobre el salario base, sino también sobre múltiples conceptos derivados de la relación laboral, tales como sueldos ordinarios y extraordinarios, primas, gratificaciones, comisiones, viáticos, gastos de representación, sobresueldos y otros conceptos análogos.
Hasta el ejercicio fiscal 2025, la tasa aplicable a estas erogaciones es del 3%. Sin embargo, con la reforma aprobada, durante 2026 y 2027 se aplicará una tasa del 4%, lo que representa un incremento directo y acumulativo en el costo de la nómina.
¿Por qué este aumento resulta preocupante?
El incremento del ISN resulta particularmente gravoso porque no grava utilidades, ganancias o ingresos, sino el simple hecho de erogar recursos para el pago de salarios y prestaciones, es decir, el costo de mantener empleo formal.
En términos prácticos, el impuesto se paga incluso cuando una empresa no tiene utilidades; grava un gasto necesario y obligatorio, y su aumento impacta directamente el presupuesto laboral. Desde una perspectiva de justicia fiscal, resulta cuestionable incrementar una carga que recae sobre quienes cumplen y sostienen empleos, en lugar de gravar manifestaciones reales de riqueza.
Este tipo de incrementos al Impuesto Sobre Nóminas han sido materia de análisis constitucional, particularmente por:
Consideraciones constitucionales relevantes
Tras un análisis preliminar, Angar Legal estima que el incremento del ISN al 4% para los ejercicios fiscales 2026 y 2027 podría vulnerar principios constitucionales, entre ellos: el principio de proporcionalidad y equidad tributaria previsto en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución; el principio de legalidad y seguridad jurídica (artículos 14 y 16); y derechos reconocidos en el artículo 1 constitucional, al tratarse de una medida que puede impactar de manera desproporcionada a quienes generan empleo.
El ISN, en su configuración, no grava capital, ingresos, utilidades ni actividad comercial, sino la erogación derivada de una relación laboral. Por ello, se considera relevante analizar si dicha carga atiende realmente a la capacidad contributiva del obligado o si, por el contrario, recae de forma desproporcionada sobre un gasto indispensable.
El aumento del Impuesto Sobre Nóminas al 4% para los ejercicios fiscales 2026 y 2027 representa una carga fiscal adicional para empleadores, al incidir directamente en costos laborales y no necesariamente en la capacidad económica real del contribuyente.
Por lo anterior, existen elementos jurídicos que permiten considerar viable la promoción de un Amparo Indirecto para impugnar la constitucionalidad de la reforma, en defensa de los intereses de las personas físicas y morales que se consideren afectadas.