¿Qué hago si el estado-autoridades afectan mi patrimonio o salud?
Si provoca daños por incumplir sus obligaciones públicas puedes solicitar indemnización por Responsabilidad Patrimonial.
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Si los servidores públicos provocan daños en tú patrimonio debes pedir una indeminización por Responsabilidad Patrimonial
El Estado debe prestar sus servicios de manera diligente y conforme a las leyes, de lo contrario el afectado puede solicitar una indemnización por Responsabilidad Patrimonial.
La administración pública federal, estatal y municipal, incluidos sus descentralizados o paraestatales, por ley están obligados a brindar servicios públicos; sin embargo, al proporcionarlos de manera deficiente y que por consecuencia causan lesiones, daños o perjuicios en la esfera jurídica y patrimonial de un particular emerge la Responsabilidad Patrimonial del Estado.
Es decir, dicha responsabilidad solo ocurre cuando el Estado es tan negligente que no realiza debidamente las funciones encomendadas y que por esa causa genera consecuencias negativas a particulares.
Casos de Responsabilidad Patrimonial
Un caso que produjo recientemente revuelo en el foro legal es sobre los daños que provoca la Comisión Federal de Electricidad en los equipos eléctricos y electrónicos de particulares por los recurrentes cambios de voltaje en su red. Plantas industriales y maquiladoras han tenido pérdidas en sus equipos y sobre todo presentan afectaciones porque truncan sus ventas.
Al respecto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció que, si se acredita que un particular sufrió daños o perjuicios derivados de inconsistencias en la prestación del servicio público de energía eléctrica, este podrá promover la solicitud de indemnización ante la CFE y posteriormente la demanda que requiera la Responsabilidad Patrimonial del Estado.
Otro ejemplo es el caso de la Línea 12 del Metro en la Ciudad de México. Al menos de manera mediática, se evidenció que por falta de mantenimiento ocurrió el accidente que provocó lesiones de gravedad y pérdida de vidas humanas. El Gobierno de la CDMX debe de indemnizar a los deudos y familiares de las víctimas con independencia del resultado de las averiguaciones penales y administrativas, que corresponde fincar a los servidores públicos, así como al constructor y encargado del mantenimiento de la línea acorde a su responsabilidad civil.
Las consecuencias de estas omisiones ocasionan daños morales, por lo que lloverán demandas en vía administrativa a razón del sufrimiento emocional y mental que resintieron los afectados y familiares, no solo en la pérdida de vida o salud.
El afectado cuenta con un plazo de hasta 2 años para ejercer las acciones legales correspondientes a fin de solicitar su indemnización por Responsabilidad Patrimonial del Estado.
Por desgracia, los casos más comunes de Responsabilidad Patrimonial del Estado ocurren en los hospitales públicos, cuando los médicos incumplen los protocolos por desconocimiento o problemas derivados de cuestiones presupuestales. En estas circunstancias, los particulares afectados deben solicitar la indemnización por Responsabilidad Patrimonial al advertir la omisión o conductas contrarias a los protocolos médicos que ocasionaron una lesión en la salud del paciente o su muerte.
Por ejemplo, lo anterior se ameritó al inicio de la pandemia, cuando los hospitales o clínicas públicas negaron realizar pruebas de COVID-19 a pacientes con síntomas y a quienes intentaron ingresar los rechazaron por falta de camas y espacio.
Desde luego, siempre se debe de comprobar lo que se denomina nexo causal, que manifiesta que el daño resentido guarda una directa relación con los deberes de la autoridad y que por dicha cuestión se generó una lesión hacia el particular.
Si el usted requiere conocer más sobre este tema, nos ponemos a su disposición, igualmente para cualquier duda o aclaración.
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